Escrito por Redacción Bottup Nxtmdia Viernes, 27 de Noviembre de 2009 11:51

Ayer tuvo lugar en Madrid una manifestación contra la gestión de la Sanidad del Gobierno de Esperanza Aguirre convocada por más de 70 organizaciones
El origen del descontendo social que ha dado lugar al nacimiento de plataformas en contra de la privatización de la Sanidad Pública tiene su origen en la aprobación de la Ley 15/97 de 25 de abril sobre Habilitación de Nuevas Formas de Gestión del Sistema Nacional de Salud.
Ayer, muchas de esas organizaciones y plataformas lanzaron un llamamiento común para manifestarse en las calles de Madrid contra las consecuencias de la aplicación de esa Ley, que no son otras, según los manifestantes, que la paulatina privatización de la sanidad pública madrileña.
La manifestación comenzó a las 19 horas en la Plaza de Cibeles y su recorrido concluyó en la puerta del Sol.
Las pancartas portadas rezaban lemas como 'No a la Ley 15/97', 'Para frenar la privatización de la sanidad derogación de la Ley 15/97 y rescate de los hospitales privatizados', 'Contra la privatización de la sanidad pública', 'Stop privatización', 'Con la salud no se juega' y otros muchos similares, además de alusiones al Gobierno de Esperanza Aguirre y, en concreto, a algunos de sus miembros, como el Consejero de Sanidad, Güemes.
Los hechos denunciados por las organizaciones convocantes de la manifestación son la privatización de la gestión de los ocho nuevos hospitales abiertos en la Comunidad de Madrid; la carentía de profesinales de la sanidad, puesto que el mismo número de personal cubre también las nuevas instalaciones; la poca fiabilidad de los diagnósticos de las empresas privadas que se guían por la obtención de beneficios; y un largo etcétera.
Más información:
Organizaciones convocantes, organizaciones que apoyan la convocatoria y manifiesto
Texto del Artículo único de la Ley 15/97 de 25 de abril:
1. En el ámbito del Sistema Nacional de Salud, garantizando y preservando en todo caso su condición de servicio público, la gestión y administración de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de protección de la salud o de atención sanitaria o sociosanitaria podrá llevarse a cabo directamente o indirectamente a través de la constitución de cualesquiera entidades de naturaleza o titularidad pública admitidas en Derecho.
En el marco de lo establecido por las leyes, corresponderá al Gobierno, mediante Real Decreto, y a los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas -en los ámbitos de sus respectivas competencias-, determinar las formas jurídicas, órganos de dirección y control, régimen de garantías de la prestación, financiación y peculiaridades en materia de personal de las entidades que se creen para la gestión de los centros y servicios mencionados.
2. La prestación y gestión de los servicios sanitarios y sociosanitarios podrá llevarse a cabo, además de con medios propios, mediante acuerdos, convenios o contratos con personas o entidades públicas o privadas, en los términos previstos en la Ley General de Sanidad.
Fotografías: (CC) casmadrid.org
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